miércoles, 24 de febrero de 2010

Pesca Submarina y Licencia Obligatoria

Los aficionados a la pesca están obligados a tener una licencia deportiva que les permita pescar y disfrutar de esta actividad. Para ello deben respetar la normativa de pesca recreativa, como por ejemplo:

  • No vender las capturas obtenidas.
  • No capturar más de 5 Kg por pescador.
  • No utilizar más de 2 aparejos por licencia.
  • No utilizar artes de pesca profesionales no permitidas para la pesca deportiva.

La obtención de la licencia de pesca marítima de recreo se realiza en las oficinas de la Viceconsejería de Pesca del Gobierno de Canarias y puede de ser de varias clases:

  • 1ª Clase: Pesca Marítima Recreativa de Altura. Sólo con curricán de superficie.
  • 2ª Clase: Pesca Recreativa Submarina a Pulmón Libre.
  • 3ª Clase: Pesca Recreativa de Superficie, bote sin curricán.

No hay comentarios:

Publicar un comentario